El rector designado de la Universidad Distrital, José Andelfo Lizcano Caro, ofreció un informe exhaustivo con el que busca despejar dudas sobre la evaluación, normativa y legitimidad del proceso que lo llevó a ser nombrado para dirigir la institución educativa durante el periodo 2025-2029.
***
COMUNICADO A LA COMUNIDAD ACADÉMICA Y A LA OPINIÓN PÚBLICA
Bogotá, 3 de diciembre de 2025. Ante el actual momento que vive nuestra Universidad Distrital Francisco José de Caldas, como Rector designado de la institución, es mi deber presentar a la comunidad universitaria y a la ciudadanía en general, un informe completo, riguroso y fundamentado sobre la transparencia, legalidad y solidez del proceso de designación de la Rectoría para el periodo 2025-2029.
En primera instancia, es indispensable indicar que a través de la Resolución 021 del 24 de noviembre de 2025, el Consejo Superior Universitario -CSU- concretó este proceso democrático y estableció designarme como rector en propiedad tras haber obtenido el mayor puntaje total luego de haberse desarrollado las fases de evaluación de hoja de vida, votación de la comunidad universitaria y entrevista con los miembros de este órgano colegiado.
En segundo término, me permito hacer una exposición detallada de lo acontecido en este ejercicio que fue fundamentado sobre el Acuerdo CSU 004 de 2025, documento legal que establece la Reforma al Estatuto General de la Universidad y que fijó el marco normativo para el correcto desarrollo de este trascendental proceso.
1. Sobre la evaluación de hoja de vida: un proceso técnico, reglamentado y plenamente documentado
El proceso de valoración de las hojas de vida estuvo regulado por el Acuerdo 004 de 2025 y la Resolución 011 de 2025, normas que establecen un sistema de evaluación objetivo, verificable, no acumulable y que fue sustentado exclusivamente en documentos aportados dentro de los plazos establecidos.
Luego de las revisiones, análisis, validaciones y habilitaciones, en varias instancias de vía gubernativa por parte del Consejo de Participación Universitaria, la Comisión Accidental (integrada por delegados del CSU y de los consejos Académico y de Participación), realizó la evaluación inicial el 30 de septiembre de 2025. Posteriormente, tras la presentación de reclamaciones entre el 1 y el 3 de octubre, efectuó una revisión técnica exhaustiva, dejando como constancia los resultados definitivos en el Acta del 14 de octubre de 2025.
Los criterios obligatorios evaluados fueron:
• Formación académica (máximo 4 puntos).
• Docencia universitaria (máximo 2 puntos).
• Experiencia directiva académica o administrativa (máximo 10 puntos).
• Investigación, innovación o creación (máximo 4 puntos).
Cada criterio fue calificado con base en la evidencia documental, sin apreciaciones subjetivas ni valoraciones discrecionales.
Así las cosas, el resultado final de la evaluación tras la revisión definitiva, fueron los siguientes: José Andelfo Lizcano Caro: 19 puntos de 20, siendo el máximo puntaje. Estos resultados no solo se encuentran soportados en el Acta de Evaluación de la Comisión encargada, sino que fueron verificados por el pleno del Consejo Superior Universitario nuevamente antes de la designación. Lo anterior se adelantó con el acompañamiento de la Procuraduría General de la Nación.
Ante esta evaluación, pongo en público conocimiento los elementos que aporté como respaldo a los criterios que fueron tenidos en cuenta para la puntuación obtenida:
a. Formación académica (4 de 4)
Acredité títulos de especialista en Medios de Comunicación (U. Andes), Magíster en Planeación Urbana y Regional (U. Javeriana) y de Doctor en Ingeniería, con mención honorífica Magna Cum Laude, máximo nivel evaluable, razón por la cual obtuve la totalidad del puntaje.
b. Experiencia docente universitaria (2 de 2)
La certificación institucional registra más de 386 meses de experiencia docente, cifra que supera ampliamente el umbral para obtener el puntaje máximo.
c. Experiencia directiva (10 de 10)
Aporto más de 195 meses de experiencia directiva en distintos niveles: dirección universitaria, representación institucional, participación en cuerpos colegiados y cargos de alto nivel en la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. Este tramo supera ampliamente el rango máximo exigido. Como cargos de dirección académica cuento con certificados de más de diez (10) años, donde se hace constar que he sido Decano de Facultad, Vicerrector Académico (e), directivo de gremios nacionales a nombre de la Universidad, director de grupo de investigación científico (reconocido y clasificado por Minciencias), director de revista científica y miembro de consejos de proyecto curricular y otros. En cargos nacionales, he sido coordinador de estratificación socioeconómica, coordinador de grupo de tarifas de agua y alcantarillado y director técnico de gestión de acueducto y alcantarillado.
d. Investigación, creación e innovación (3 de 4)
Mi reconocimiento como Investigador Asociado ante MinCiencias otorga tres puntos conforme al índice solicitado.
En mi hoja de vida aparecen decenas de productos de investigación académica: libros de investigación, artículos científicos, ponencias, apoyo a normas regulatorias, ponencias internacionales, dirección y evaluación de tesis de grado de pregrado y posgrado.
Con ello, la Comisión determinó que mi hoja de vida era la más sólida y completa del proceso, lo cual fue determinante para la designación adoptada por el CSU.
2. Sobre la legalidad plena de la designación
La Resolución 021 del 24 de noviembre de 2025 formaliza mi designación como Rector en Propiedad y fue expedida en estricto cumplimiento de la siguiente normatividad:
• Artículo 69 de la Constitución: autonomía universitaria.
• Artículos 28, 65 y 66 de la Ley 30 de 1992: competencia exclusiva del CSU para designar Rector.
• Procedimientos formales establecidos en el Acuerdo 004 y en la Resolución 011 de 2025.
La decisión del CSU es un acto administrativo en firme, obligatorio y vinculante. Ninguna comunicación posterior, ausencia individual u observación administrativa con intereses ocultos y mezquinos para mantenerse en el poder tiene la capacidad jurídica de suspender o anular la designación adoptada por el máximo órgano universitario.
Como egresado, decano, miembro de consejos y profesor activo, entiendo que hubo grupos políticos que impulsaron otras candidaturas, quienes juraban que pondrían el rector. No imaginaron que un sencillo servidor público académico (hijo de padres de provincia y sin primaria), sin tacha ética ni sanción alguna y sin maquinarias ni recursos económicos, a nombre de un nuevo movimiento cultural denominado Acptidud+Reformadora, les pudiera ganar. Por ello apelan a todo tipo de artimañas administrativas, difamaciones, acusaciones y presiones politiqueras para impedir mi posesión y poder mantener el poder burocrático.
3. Sobre la sesión del 1 de diciembre de 2025
La sesión programada para la posesión no pudo instalarse debido a la ausencia de varios miembros del CSU. No obstante, confío que el máximo órgano de dirección y gobierno de nuestra Universidad Distrital se reúna con urgencia y adelante el acto de posesión rectoral, o en su defecto lo realice el Alcalde Mayor.
4. Sobre la Universidad y su inmediato futuro
El interés institucional exige claridad y estabilidad. La Universidad no puede permanecer sin dirección ni representación legal; ya que con eso se detienen procesos esenciales para su funcionamiento académico, administrativo y financiero.
Con pleno respeto por la normatividad vigente, la autonomía universitaria y el debido proceso, me encuentro disponible para cumplir con el acto de posesión, garantizando transparencia y eficiencia académica y administrativa, el desarrollo e implementación de la Reforma Universitaria, el montaje de un sistema de bienestar humanista, gobernabilidad y compromiso con el desarrollo de nuestra querida institución, ya que mi responsabilidad es con la comunidad universitaria y la sociedad en general que paga impuestos, con la legalidad y con el servicio público educativo.
Agradezco la confianza y el acompañamiento de la comunidad académica que debe seguir adelante por la educación superior pública de Bogotá.
JOSÉ ANDELFO LIZCANO CARO PhD
Rector Designado
Universidad Distrital Francisco José de Caldas
Sistema Integrado de Comunicaciones
Fuente de información:
Grupo de Comunicaciones
José Andelfo Lizcano Caro
Universidad Distrital Francisco José de Caldas
