Publicado el 02 de julio del 2020 - Actualizado el 02 de julio del 2020

Frente al relato hecho en el blog @Las Igualadas del diario El Espectador, según el cual, a pesar de la denuncia suscrita por 131 estudiantes contra un profesor de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, por presunto acoso sexual, y de contar con todas las pruebas, en esta institución “no ha pasado nada”, hay que dejar constancia de que tal afirmación es absolutamente contraria a la verdad, lo cual queda desvirtuado con la relación constatable de los siguientes hechos:

El día 23 de septiembre del año pasado, 131 estudiantes realizaron una denuncia pública contra un docente de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, por la presunta comisión de conductas de acoso sexual contra estudiantes de esta institución, a las cuales las directivas de la Universidad dieron el curso correspondiente, ordenando la investigación disciplinaria pertinente, de conformidad con la normatividad vigente en la institución y que en este momento se encuentra en curso con la observancia estricta del debido proceso, el cual debe ser garantizado por la institución en todas las actuaciones administrativas que adelante. 

Por estos mismos hechos, el 20 de septiembre de 2019, una estudiante radicó denuncia penal ante la Fiscalía General de la Nación contra el mismo profesor por la comisión de un presunto delito de acoso sexual; igualmente, el día 13 de noviembre del mismo año, otra alumna presentó ante la Personería Distrital de Bogotá, queja disciplinaria contra el mismo docente por hechos similares.

A pesar de que las diligencias penales y disciplinarias correspondientes se vienen adelantando tanto en la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, como en la Fiscalía General de la Nación y en la Personería Distrital de Bogotá, los alumnos presuntamente afectados interpusieron acción de tutela ante el Juzgado Séptimo Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Bogotá D.C., Despacho Judicial que en fallo de primera instancia (aunque con una lógica jurídica y un fundamento factual irrebatibles) del 23 de junio de 2020, desestimó las pretensiones de la tutela interpuesta y declaró su improcedencia, al considerar que tanto la Universidad como las entidades accionadas, han adelantado correctamente las gestiones pertinentes para dar trámite a las quejas disciplinarias y denuncias penales presentadas. El fallo referido dice:

“Por lo tanto, se puede concluir que el trámite realizado por las entidades accionadas, no se ha mostrado antojadizamente demorado, pues cada una de ellas, ha adelantado las gestiones necesarias para dar respuesta a las solicitudes presentadas, y si bien, hasta la fecha no hay decisión de fondo, la sola prolongación en el tiempo de los procedimientos adelantados, no puede marcar su ineficacia, ni puede servir de pretexto para que se imprima a la acción de tutela un alcance opuesto a su naturaleza residual…”

Y más adelante el mismo fallo afirma:

“En efecto, como se vio en líneas precedentes, existen procesos en curso, los cuales han venido adelantando la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, la Fiscalía 68 Especializada de la Unidad de Delitos Contra la Libertad y Formación Sexual de la Dirección Seccional de Bogotá y la Personería de Bogotá, los cuales son idóneos para determinar la procedencia de las medidas reclamadas por esta senda extraordinaria.”

Lo anterior demuestra, más allá de toda duda, que tanto la Universidad Distrital “Francisco José de Caldas”, como la Fiscalía General de la Nación y la Personería Distrital de Bogotá han cumplido cabalmente con su deber de investigar los hechos denunciados, y por parte de la Universidad, se ha garantizado el debido proceso, con observancia de todas las normas vigentes al efecto de determinar la comisión de una posible falta disciplinaria y, de resultar procedente, aplicar la correspondiente sanción. 

Las posibles pruebas que ahora se anuncian, deben ser allegadas al expediente del caso, en las distintas agencias, tales como la Fiscalía o la Personería, para su valoración objetiva; todo ello dentro del debate jurídico que le es propio y con observancia de la reserva sumarial. 

Con independencia de los procesos abiertos, la Universidad, sus directivas y la comunidad en general están comprometidas en una actividad permanente de vigilancia, de discusión, denuncia y pedagogía, frente a cualquier abuso o delito, por razones de género. Claro está, el Alma Mater está así mismo comprometida con las reglas del estado de derecho y con las normas del debido proceso. Es clara la conducta de la Universidad, es ecuánime y justa. Defendemos a la Universidad, a la comunidad y sus principios democráticos. 

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